La atención a la diversidad debe ser entendida como el conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud del alumnado.

Constituye, por tanto, un principio fundamental que debe regir toda la enseñanza básica cuya finalidad es asegurar la igualdad de oportunidades de todo el alumnado ante la educación y evitar, en la medida de lo posible, el fracaso escolar y el consecuente riesgo de abandono del sistema educativo.

El carácter comprensivo e integrador de la Enseñanza Obligatoria en nuestro Sistema Educativo hace necesario establecer un conjunto de principios que ayuden a organizar y concretar la atención a la diversidad que del mismo se deriva.

En este sentido, los principios que deben regir la atención a la diversidad en los centros docentes son:

– Diversidad: entendiendo que de este modo se garantiza el desarrollo de todo el alumnado a la vez que una atención personalizada en función de las necesidades de cada uno.

– Inclusión: se debe procurar que todo el alumnado alcance similares objetivos, partiendo de la no discriminación y no separación en función de las condiciones de cada niño o niña, ofreciendo a todos ellos las mejores condiciones y oportunidades e implicándolos en las mismas actividades, apropiadas para su edad.

– Normalidad: han de incorporarse al desarrollo normal y ordinario de las actividades y de la vida académica de los centros docentes.

– Flexibilidad: deberán ser flexibles para que el alumnado de atención a la diversidad pueda acceder a ellas en distintos momentos de acuerdo con sus necesidades.

– Contextualización: deben adaptarse al contexto social, familiar, cultural, étnico o lingüístico del alumnado.

– Perspectiva múltiple: el diseño por parte de los centros se hará adoptando distintos puntos de vista para superar estereotipos, prejuicios sociales y discriminaciones de cualquier tipo y para procurar la integración del alumnado y la atención a la diversidad.

– Expectativas positivas: deben favorecer la autonomía personal, la autoestima y la generación de expectativas positivas en el alumnado y en su entorno socio-familiar.

– Validación de los resultados: habrán de validarse por el grado de consecución de los objetivos y por los resultados del alumnado de atención a la diversidad a quienes se aplican.

Por otro lado, en estos mismos decretos se recogen los tipos de actuaciones de atención a la diversidad que pueden aplicar los centros docentes para dar respuesta a las demandas educativas de su alumnado. Todas ellas se concretan y desarrollan desde la administración educativa competente y se contextualizan dentro de los Planes de Atención a la Diversidad (PAD) de cada centro en función de las características de su contexto y de los recursos disponibles.

Aunque tales medidas son conocidas por la comunidad educativa, conviene organizar y clarificar algunos aspectos de su diseño y aplicación para garantizar la coherencia en los procedimientos y los fines que persiguen.
Con esta intención se elabora este Catálogo de Medidas de Atención a la Diversidad, como un documento de consulta y apoyo a la acción educativa, conceptualmente flexible y abierto a nuevas aportaciones.

En el Centro Ficen damos respuesta profesional a la atención a la diversidad. Además asesoramos y orientamos a la persona con discapacidad y sus familiares.

BIBLIOGRAFÍA

Web Educastur Sin Barreras http://www.educastur.es/sinbarreras

Web Acogida http://web.educastur.princast.es/proyectos/acogida